Dos pasajeros argentinos denunciaron a Avianca por no cumplir con los itinerarios que los llevaría desde Mendoza hacia Aruba. La aerolínea deberá indemnizarlos con más de US$3 mil por cancelar las conexiones entre Lima-Bogotá y Bogotá-Aruba, además de tener que regresar en otra compañía aérea a Mendoza.
El inconveniente para estos dos pasajeros se presentó en 2019 cuando compraron los tiquetes con la aerolínea desde Mendoza hacia Aruba y escalas Lima y Bogotá. Frente a las cancelaciones, Avianca los ubicó en otra aerolínea a Mendoza, “cumpliendo con la asistencia correspondiente, mas no procedió a la devolución de los importes de los tickets, ni tampoco afrontó las consecuencias del perjuicio ocasionado por no poder concretar los tramos siguientes”, determinó el juez, según lo recoge Ámbito.
La Cámara Federal de Apelaciones ratifica lo expuesto por el juez de primera instancia y manifiesta que el perjuicio a los pasajeros Agustín Berrini y Sara García, fue por el daño que se produjo al verse impedidos a abordar las conexiones y tener que regresar a Argentina. Los dos pasajeros denunciaron a la aerolínea Aerovías del Continente Americano S.A. (Avianca) por incumplimiento de contrato.
La denuncia interpuesta solicita la suma de US$ 2.587,20 en concepto de rembolso “por gastos efectuados en pasajes, traslados y alimentos para retornar al país, US$125.000 para cada uno por daño moral, y el importe de US$100.000 para cada uno de los actores por daño punitivo”.
Por su parte, el Tribunal de Río Cuarto ordenó que “Aerovías del Continente Americano S.A. (Avianca) debe abonar a los demandantes la suma de U$S 3.120, los que deberán ser pagados en dólares billetes, o bien mediante la conversión del dólar tipo vendedor a moneda de curso legal, tomando el tipo de cambio fijado por el denominado «dólar MEP» vigente al día del pago, con más los intereses conforme la Tasa Activa del B.N.A. desde el 3/03/2019 -fecha del hecho-, más la suma de $ 211.423,5, más la tasa activa desde 3/03/2019 hasta su efectivo pago”, señala la sentencia.
Curioso que el cuerpo del artículo habla de indemnizaciones de:
100.000 USD cada uno por daño moral
125.000 USD cada uno por daño punitivo
Y el titular solo menciona el valor menor, que es el monto individual de las indemnizaciones por gastos de alimentación y traslado.
¿Estupidez del periodista o ha sido a propósito?