como Atrápalo, Despegar y Almundo

Pasajeros de AR no sufrirán el recargo del 30% pero las OTAs sí


R. R. | Buenos Aires | 23 de diciembre de 2019 Deja un comentario


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El sábado a la madrugada, el Senado de la nación aprobó el proyecto y se sancionó la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva que enumera las operaciones que son alcanzadas por el dólar turista y el impuesto PAIS (Para una Argentina Inclusiva y Solidaria). Dicho impuesto es el que fija un tributo del 30% tanto para las personas que compren divisas para atesoramiento como para quienes usen tarjeta de crédito o débito para la cancelación de gastos o extracción de monedas o billetes extranjeros en el exterior.

Si bien, hay varios interrogantes de cómo será su reglamentación, ya que recién será publicado en el boletín oficial el lunes. Se decidió que quedaran exceptuadas de pagar el recargo, todas las compras hechas hasta el 21 de diciembre. Tanto la compra de billetes y divisas en moneda extranjera como lo cheques de viajeros, también pagarán el tributo del 30%.

* Paquetes turísticos: El impuesto del 30% se aplica a la compra de servicios en el exterior que se contraten a través de agencias de viajes y turismo del país. Además, se verán afectadas las OTAs que están habilitadas legalmente para operar en el país, como Atrápalo, Despegar y Almundo, entre otras.

De esta manera, el reclamo que hicieron desde la FAEVyT solicitando una alícuota diferencial para las compras realizadas por medio de las agencias argentinas, no fue tenido en cuenta por los legisladores al momento de debatir la ley. (Hani (Faevyt): “Las agencias pedimos una alícuota diferenciada”)

* Pasajes al exterior: Si bien, el artículo de la ley establece que pagarán el 30% adicional, los pasajes terrestres, aéreos y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país. Hay que destacar que el impuesto no alcanza a las ventas de pasajes de Aerolíneas Argentinas y Lan Argentina, porque además de cobrar las tarifas en pesos, no tienen que girar sus dividendos al exterior

* Pasajes al exterior, a ciudades limítrofes: Quedaron exceptuados del 30% los viajes al exterior «cortos», entre ciudades limítrofes, como entre Posadas (Misiones) y Encarnación (Paraguay), siempre que se paguen en pesos.  Es decir que las operaciones que no impliquen cambio de divisas quedarán excluidas.


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