EN COLOMBIA

Ley limitará alquiler de inmuebles en plataformas como Airbnb


R. R. | Bogotá | 21 de junio de 2021 5 comentarios


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El proyecto de ley busca limitar el alquiler de inmuebles en plataformas como las de Airbnb o Booking, entre otras; regulando la propiedad horizontal, es decir, se atribuirá la autorización a la asamblea de propietarios para permitir o no, el alquiler de los inmuebles.

Este proyecto busca elevar a Ley de la República el decreto 2590, el cual establece la autonomía de las asambleas para actuar sobre los temas de alquiler. «No es que se prohíba, está permitido y seguirá así, pero si la asamblea de un edificio decide dejar en el reglamento escrito que no se puede hacer, se podría prohibir. Eso ha generado problemas en algunos edificios, temas de seguridad, temas como robos. Estamos pensando en esa norma en un conjunto de edificios, donde se haga un mal uso de esos inmuebles», dijo a Bluradio el representante del Centro Democrático, José Jaime Uscátegui.

De acuerdo con datos que dio al mismo medio Uscátegui, existen 8 millones de inmuebles en propiedad horizontal y «cerca del 10% los que pueden estar haciendo uso de estas plataformas. Hoy en día no se necesita ninguna autorización y no la va a necesitar, lo que puede suceder es que los dueños de ese condominio se reúnan en asamblea y se establezca algún tipo de restricción por alguna razón», comentó a Bluradio.

Como lo informó REPORTUR.co, la Ley de Turismo, que fue sancionada por el presidente Iván Duque el último día de 2020, contempla nuevas reglas para la operación de las plataformas. Entre los requisitos está el pago de parafiscales y el Registro Nacional de Turismo (RNT) vigente y activo, y esto aplicará tanto para las plataformas como para los que se anuncien allí. (Ley de Turismo fija reglas para Airbnb o Booking en Colombia).

“En el tema de plataformas, la ley sancionada equilibra la cancha con unas reglas de juego claras para todos, donde no existan vacíos legales que privilegien a unos prestadores sobre otros. Al igual que los otros prestadores de servicios turísticos, las plataformas deberán contar con el Registro Nacional de Turismo (RNT) y quienes anuncien sus servicios a través de ellas deberán contar también con este requisito, es decir, tener el RNT. Este registro es gratuito y en línea”, señaló en su momento el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.


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    Andrés el pimentero
    2 años

    Para cuando una protección de los abusos del todo incluido ??

    Fernando Betanzos
    2 años

    Sr. Pimentero… Podría detallar cuáles son los abusos del todo incluido?

    raul
    2 años

    ¿Las asembleas también regulan a los ocupas?

    Mario Ulloa
    2 años

    Este tipo de servicios no va contra ninguna Ley en cambio esta supuesta nueva Ley va en contra de la libre competencia y las libertades individuales. La renta de cass o de habitaciones siempre han existido antes se publicaban en revistas o periódicos o la gente ponía un letrerito en la ventana. Otros por recomendación. Lo que tuenen que hacer los hoteleros es ser menos rateros y competir en calidad y precio. Lo mismo pasa con uber. Mejoren señores compitan!

    Rafael Pantoja
    2 años

    Este es un país de leguleyos, para todo papelería, tramitilogia y complicarle la vida al pueblo. Este representante para tener algo con que figurar en el congreso se inventa este proyecto nefasto. En otros países del mundo funciona perfecto, pero aquí otra traba a las posibilidades de hacer empresa, generar recursos y mover la economía. Este país está de empaque y vámonos. Es una vergüenza.







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