Por el momento y por 10 millones de pesos

Tribunal prohíbe a Riu levantar un nuevo hotel en Cancún


R. R. | 9 de octubre de 2016 Deja un comentario


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El tercer tribunal Colegiado con sede en Cancún otorgó a un colectivo al frente del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) la suspensión definitiva del Programa de Desarrollo Urbano (PDU) 2014-2030; con lo cual, se imposibilitaría la construcción y operación del hotel Riu Riviera Cancún, que pretendía levantarse en una zona de alta vulnerabilidad al cambio climático.

En el mes de marzo de este mismo año, el juez séptimo de distrito, Darío Alejandro Villa Arnaiz, otorgó la suspensión definitiva y frenó la obra con valor de 95.6 millones de dólares, pues consideró que se incumplia con el límite de distancia establecido con la vegetación.

La construcción del proyecto del grupo español, que contaría con el mayor número de cuartos hoteleros en Quintana Roo, se realizaría en poco más de dos hectáreas a la altura del kilómetro 23 del bulevar Kukulcán, en la tercera etapa de la Zona Hotelera de Cancún, sin embargo, la suspensión definitiva fue condicionada al pago de una garantía por más de 10 millones de pesos; lo cual, a decir, del Cemda, “contradice el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”, pues es improcedente fijar garantía para que surta efecto la suspensión en el amparo, cuando el acto reclamado involucra la violación al derecho humano a un medio ambiente sano.

En un comunicado conjunto, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental; Salvemos Manglar Tajamar; Flora, Fauna y Cultura de México Experiencias Xcaret; Grupo Ecologista del Mayab; Greenpeace y Omca sostuvieron que la modificación irregular del Programa de Desarrollo Urbano de Cancún ha permitido la autorización de obras en sitios de gran relevancia ambiental, lo cual afecta zonas de manglar, daña la recarga de acuíferos y viola el derecho a un medio ambiente sano.

La demanda de amparo solicita la armonización del PDU del Centro de Población de Cancún basado en criterios nacionales de prevención contenidos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley General de Cambio Climático y los tratados internacionales de los que México es parte.

Entre las irregularidades de la aprobación del PDU en agosto de 2014, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental destacó que el ayuntamiento de Benito Juárez cambió los usos de suelo de la ciudad de Cancún sin armonizar normas contenidas en diversas legislaciones vigentes.

“El pasado 5 de septiembre, el Tribunal Colegiado confirmó la suspensión definitiva de la obra; sin embargo, la batalla no se ha ganado, ya que dicha suspensión definitiva está condicionada”, detallaron los colectivos ambientales.

El fondo de la demanda, prosigue el comunicado, sigue pendiente y el Tribunal debe pronunciarse respecto a si el PDU de Cancún 2014-2030, aprobado por el cabildo de Benito Juárez, viola de manera sistemática el derecho al medio ambiente sano de los habitantes de Cancún, al haber autorizado densidades de uso de suelo para favorecer la infraestructura turística por encima de la protección a los ecosistemas.

Por lo anterior, los grupos ambientales exhortaron respetuosamente al Tribunal Colegiado a brindar la máxima protección a los derechos humanos de la sociedad y a analizar el fondo del asunto bajo la perspectiva de protección y garantía a los derechos humanos, así como de armonización con las leyes existentes, concediendo así el amparo y protección en el caso concreto.


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