POR LA FACILITACIÓN DE TRÁMITES

Anato pide al Gobierno vigilancia y seguimiento a cambios del RNT

MINCIT regula con un decreto el alquiler de viviendas a turistas
MinCit: campaña para impulsar el turismo interno en Colombia
MINCIT dejaría lista la devolución del IVA a turistas extranjeros

R. R. | Bogotá | 26 de noviembre de 2018 Deja un comentario


TEMAS RELACIONADOS: , , , ,


Con el anuncio reciente del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sobre el decreto 2063, que establece modificaciones para los trámites de Registro Nacional de Turismo (RNT); y el decreto 2119, que facilita la formalización de alojamientos turísticos a través de plataformas digitales; Anato ve estas medidas como positivas, pero recomienda al Gobierno vigilancia, seguimiento y otros procedimientos  para lograr el sello de garantía y legalidad que debería tener el RNT.

“Entre enero y marzo del próximo año se debe realizar la renovación del RNT. Estaremos atentos a las inquietudes que se presenten por parte de nuestras agencias de viajes e informaremos al Gobierno si existen novedades, con el objetivo de estar alineados hacia una mayor competitividad y formalidad de la industria. Recordemos que el RNT es un requisito registral y quisiéramos a futuro que esto fuera un sello de garantía y legalidad, para lo cual solicitamos otros procedimientos”, dijo Paula Cortés, Presidente de Anato.

El Decreto (2063) ha incluido algunos cambios con relación a la información que las Cámaras de Comercio deben expedir sobre el Registro Nacional de Turismo. Esto le daría paso a un proceso más declaratorio que además disminuiría los costos que deben enfrentar los prestadores de servicios turísticos, teniendo en cuenta que no tendrán que realizar pagos de impuestos que se cobran a nivel distrital y municipal como liquidación del valor, traslado al banco, pago, escaneo del documento y subirlo nuevamente a la plataforma. (MinCit establece marco legal para formalizar alojamientos turísticos).

Otro aspecto del decreto que según Anato requiere control del Estado, es la no obligatoriedad del Registro Mercantil para la obtención del RNT para quienes no son comerciantes. “Esto requiere vigilancia, pues podría facilitar el ingreso de cualquier prestador, afectando la idoneidad y garantía del buen servicio y cumplimiento de las obligaciones del mismo con los consumidores”, señaló Cortés.

En cuanto a la expedición del Decreto 2119, Anato considera que es igualmente positivo que quienes ofrecen servicio de alojamiento en Colombia de manera esporádica, se incorporen a la actividad, al menos con un RNT, para cumplir con las obligaciones parafiscales como lo hacen los demás prestadores. Sin embargo, el MinCIT debe hacer una vigilancia constante para evitar información que pueda afectar a los usuarios.


    Acepto la política de protección de datos - Ver

    Subscribe
    Notify of

    0 Comments
    Inline Feedbacks
    View all comments






    Email Newsletters


      ESPAÑA


      INVERSIÓN HOTELERA


      AMÉRICA


      DOMINICANA

      Acepto la política de protección de datos. Ver